Sin duda, el papel de las energías renovables en la certificación energética de edificios, con la actual versión del DB HE, pasa a primer plano. Ya no se trata de decidir entre solar térmica o aerotermia para cumplir la sección de contribución renovable para ACS. Ahora todas las renovables tienen cabida. Y es más, será muy difícil cumplir la sección de limitación de consumo energético si el aprovechamiento, en un gran porcentaje, de las energías renovables ¿Quieres saber más? Sigue leyendo.
03-04-2023
Las energías renovables en el actual DB HE
El objetivo de la normativa consiste en reducir el consumo energético del edificio. Y la energía que consume un edificio depende de la demanda y del rendimiento de las instalaciones para cubrir dicha demanda. Por lo tanto, el primer paso siempre es diseñar el edificio para que su demanda sea reducida. Siempre con estrategias pasivas. Seguidamente, dicha demanda se puede cubrir con instalaciones térmicas, las cuales deben de ser de alta eficiencia energética. Y por último, dichos equipos deben de consumir energía limpia, es decir energías renovables. Pero ojo, no se trata de consumir mucho justificando que dicho consumo proviene de energías renovables. De hacer esta interpretación, no se podría cumplir con las exigencias de la sección HE0. Limitación del consumo energético.
Por lo tanto, observamos que el DB HE mantiene su esquema de aplicación. Incluso se ha añadido una sección más. La de recarga de vehículos eléctricos. Seguimos teniendo seis secciones:
- Limitación de la demanda energética en el HE1 a través de las condiciones establecidas. Valor U de transmitancia térmica por elemento, coeficiente global de transmisión de calor a través de la envolvente k del edificio, control solar q y permeabilidad al aire Q100 y n50.
- Mejora del rendimiento de las instalaciones a partir del HE2 y el HE3.
- Exigencia de una contribución renovable para el consumo de agua caliente sanitaria (ACS) con el HE4.
- También se exige contribución renovable para consumo eléctrico en el HE5.
- Limitación del consumo de energía primaria total y no renovable con el HE0.
- Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en el HE6.
¿Cómo afecta a los edificios los actuales parámetros de consumo del DB HE0 en relación al aprovechamiento de las energías renovables?
A continuación os hacemos una breve exposición.
Porqué ya no se regula limitando la demanda de calefacción y refrigeración
En el HE1 anterior, de 2013, se regulaba un límite de demanda de calefacción y refrigeración. En el actual HE1 aparecen otros parámetros de control, como ya se ha comentado antes. Todos ellos encaminados a la obtención de una envolvente térmica de altas prestaciones térmicas.
Con el anterior HE1, se observó que la ventilación jugaba un papel importante en el cumplimento de la limitación de la demanda energética. No olvidemos que la ventilación tiene asociada unas pérdidas energéticas importantes que influyen principalmente en la demanda de calefacción. Lo que se pretende ahora, es que no se pierda de vista lo más importante. Garantizar unos edificios correctamente aislados. De ahí que se haya sustituido la limitación de la demanda de calefacción y refrigeración, como valores límite exigibles, por las actuales condiciones para el control de la demanda energética.
No es admisible que para evaluar el comportamiento energético de la envolvente del edificio, sea la ventilación la que prácticamente determine la demanda energética. Si se volvía a legislar de la misma manera, no estaríamos controlando el nivel de aislamiento, la compacidad, el control solar, etc. Estaríamos controlando la calidad de las instalaciones de ventilación. Instalaciones consumidoras de energía, que no forma parte de la envolvente térmica del edificio. Esto es un error. De ahí el cambio.
Parámetros para la limitación del consumo energético. La importancia de las energías renovables en la certificación energética de edificios
El DB HE actual, en general, obliga por tanto, a que los edificios que se proyecten consuman muy poca energía. Y además a que dicha energía se cubra en gran medida con energías renovables. Con la actual redacción del HE0, ahora se limitan dos parámetros. Uno, el consumo de energía primaria no renovable, y otro, también el consumo de energía total.
El valor de consumo de energía primaria no renovable es el consumo energético de las instalaciones térmicas, menos la generación de energía limpia. Es decir, primero se calcula el consumo energético total asociado a calefacción, refrigeración, ACS y ventilación. A dicho sumatorio, se le resta la producción de energía renovable para autoconsumo. Y por último, a dicho resultado se le aplica el factor de paso correspondiente.
¿Qué se pretende con estos dos parámetros del HE0?
El parámetro de consumo de energía primaria no renovable, hace un balance total de cómo se comporta el edificio. Todo ello en cuanto a demanda energética, consumo de instalaciones y producción renovable in situ.
En cambio, el parámetro de consumo energético total, evalúa el hecho de que el edificio tenga una demanda energética reducida y que el consumo de las instalaciones sea bajo. No evalúa la producción renovable.
¿Por qué? Pues muy sencillo. Un arquitecto y un ingeniero podrían proyectar un edificio con una envolvente básica y con unas instalaciones térmicas muy malas. Posteriormente podrían cubrir todo el consumo energético con energías renovables. Como consecuencia, podría cumplir con el valor límite de consumo de energía no renovable. Sin embargo no cumpliría con el valor de consumo de energía total. De lo que se trata, es de evitar estas situaciones, edificio muy consumidores de energía, aunque el 100% de dicha energía sea renovable. De ahí la exigencia de dos parámetros de control del consumo energético.
Por lo tanto, con la actual normativa, los edificios tienen que consumir poca energía en primer lugar. Posteriormente, dicha energía, en gran medida, tendrá que ser de energías renovables. Este es el factor diferenciador, respecto de las revisiones anteriores de la norma, en relación a las energías renovables en la certificación energética de edificios.
Si ya existe el HE0 ¿Por qué se exige el HE4?
Puede resultar redundante, que si se limita el consumo de energía primaria no renovable y total en la sección HE0, también se establezca otra limitación en el HE4 a través de la contribución renovable. Sin embargo tiene su justificación.
En un edificio se puede reducir la demanda de calefacción y refrigeración. Si embargo no se puede reducir la demanda de ACS. Estaríamos perdiendo calidad, confort. La necesidad de producción de ACS es permanente. Responde a necesidades higiénicas. Y por otro lado, es susceptible de ser satisfecha fácilmente aprovechando fuentes renovables, al tratarse de energía térmica a baja temperatura. De 45° a 60°.
Además, con los últimos cambios reglamentarios, el % de consumo energético asociado a la producción de ACS respecto del total del edificio ha ido subiendo. Con la actual normativa se proyectan edificios de muy baja demanda de calefacción y refrigeración. Es esquema actual de demanda es:
- 10% de demanda de calefacción.
- 40% para refrigeración.
- 50% para ACS.
Por lo tanto, estamos hablando del 50% de demanda energética para producción de ACS. Un porcentaje elevado, que justifica la exigencia de que se cubra mediante el aprovechamiento de energías renovables. Y si en el anterior HE4, se priorizaba la solar térmica, con el actual HE4 se da cabida a más tecnologías. Simplificando, incluso, el proceso de verificación de las exigencias.
¿Cómo evalúan la contribución renovable los programas de certificación energética de edificios?
El software oficial diseñado para la certificación energética en España, CE3 y CE3X, incluye esta opción. CE3X, por ejemplo, da la opción de introducir contribuciones energéticas basadas en el porcentaje aportado por placas solares térmicas para la producción de ACS, o bien de generación de electricidad mediante renovables (sin especificar) o cogeneración. En el caso de la aerotermia, la introducción es diferente.
La herramienta unificada Lider-Calener HULC, permite introducir la producción renovable mes a mes. Tanto para solar térmica, como para solar fotovoltaica.
A partir de esos valores, se calcula la contribución renovable para la verificación del cumplimiento de las exigencias normativas.
Sin duda las energías renovables en la certificación energética de edificios van a ser claramente protagonistas. Esto ya lo hemos comentado en párrafos anteriores pero vale la pena insistir para que cale hondo. No será nada extraño, ver edificios nuevos con solar térmica y fotovoltaica, como denominador común. Incluso en la rehabilitación de edificios existentes.
La información sobre energías renovables en la certificación energética de edificios existentes
El cliente que recibe el certificado recibe información directa a través de este documento. Es decir, información de cómo mejorar su vivienda o local, o el edificio de viviendas en el que vive, por ejemplo. Si entre sus propuestas de medidas de mejora se consideran las energías renovables, estaría en disposición, con la información adecuada, de tomar la decisión de invertir en este tipo de instalaciones. Es más, el software de certificación, en concreto el programa CE3X, incluye una herramienta orientativa de análisis económico de la rentabilidad de la inversión, mediante el cálculo del VAN, teniendo en cuenta los ahorros en consumo de energía obtenidos con la medida implementada y el precio de la energía.
Ejemplos de energías renovables en la certificación energética de edificios
La contribución de la energía solar para generar electricidad mediante la instalación de placas fotovoltaicas, regulada por el Código Técnico de la Edificación, en su Documento Básico de Ahorro de Energía (CTE DB HE 5), ya no deja fuera de su ámbito de aplicación los edificios residenciales de uso vivienda. Pero además, dadas las exigencias de la actual normativa de ahorro energético, la solar fotovoltaica es una buena opción. Igual que lo es la aerotermia, la solar térmica, la geotérmica, etc..
Teniendo en cuenta que el tema que nos ocupa es el papel de las energías renovables en la certificación energética de edificios. Si nos centramos en los edificios y partes de edificios existentes. Y si tenemos en cuenta que hay una elevada demanda de certificados energéticos, que pueden informar de cómo mejorar la eficiencia energética de estos inmuebles. Podemos pensar que el certificado energético es una oportunidad para el fomento de la rehabilitación energética de edificios. Incluido la propuesta de instalación de energías renovables.
Sin duda, la actual normativa de aplicación ha supuesto un salto cualitativo. Fundamentalmente en el aumento de la generación de energía limpia aprovechando fuentes de energía renovable. Las energías renovables en la certificación energética de edificios, juega un papel fundamental en todos los sentidos.
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Desde luego, sin duda alguna el “balance neto” sería la mejor propuesta de medidas de mejora si no vivieramos en un pais tercermundista.
Pero me interesa saber como actuarías en el caso contrario, es decir una certificación para una vivienda que dispone de paneles solares térmicos para ACS pero carece de equipo auxiliar porque no lo precisa. Imposible introducir los datos en los procedimientos simplificados.
Buen Trabajo.
Hola Paula,
Me gustaría saber de que manera insertar como medida de mejora una bomba de calor aerotérmica para la producción de ACS i calefacción/refrigeración teniendo como emisores radiadores de baja temperatura. He pensado el insertar por un lado la bomba de calor con rendimientos nominales estimados según fabricante y por otro lado contribuciones energéticas con fuentes renovables. El hecho es que no sé que tanto por ciento de contribución energética supone la bomba de calor aerotérmica para ACS, calefacción y refrigeración indistintamente.
¿Me podrías ayudar?
Gracias
Hola!
Tengo un tema que me gustaría proponer a debate técnico. Quiero hablar de ELECTRICIDAD y de su origen, que es más o menos renovable según compañías (también tienen su calificación energética propia) … prometo no hablar de compañías concretas, pero a todos nos viene en la parte de atrás de la factura un quesito muy explicativo.
¿es posible introducir ese matiz cuando metemos un termo eléctrico???
¿Que calificación energética tiene la “electricidad ce3x”?
Desde que empezamos a realizar estudios energéticos hace 3 años, sabemos que los programas predeterminan muchos valores y coeficientes de paso, etc que se van actualizando en las nuevas versiones, y que en gran medida condicionan el resulado, lógicamente. Muchos habreis comprobado que la misma vivienda de los años 80 con un termo eléctrico con el antiguo 1.3 rara vez pasaba de E…. y ahora puede dar D (por no hablar de que una caldera de Gas natural siempre da G, cuando nos hartamos de recomendarla)
Dicen que ahora la energía eléctrica es más limpia y por eso ahora el resultado es mejor…. ¿Pero porqué los desarrolladores no incluyen en las pestañas de datos una diferenciación entre electricidad E y electricidad A… al final hablamos en términos de emisiones de CO2 y se debería potenciar aquellas que generan con 100% renovables y reducen el impacto mediombiental, no?
Muy buenas,
Gracias a la liberación del mercado energético el consumidor puede elegir su compañía suministradora de electricidad, encontrándonos que muchas están certificadas por la CNMC como 100% renovables.
Si contratamos los servicios de una comercializadora eléctrica que suministra energía de fuentes 100% renovables, ¿podemos informar de ello en el CE3X?.
Es decir, un calentador eléctrico para ACS en una vivienda que tiene contratado este tipo de energía, en el apartado Fuentes de Energía Renovables ¿podemos considerarlo como porcentaje de demanda de ACS cubierto como 100%?
Gracias y espero vuestros comentarios. Creo que es un dato a tener en cuenta.
Hola Javier! Lo que comentas tiene sentido pero desde mi punto de vista no es posible. En CE3X defines las instalaciones, en este caso sería un generador de ACS eléctrico. El equipo es un generador que consume electricidad con un 100% de rendimiento. Por otro lado los coeficientes de conversión de energía final a primaria consideran el mix energético en la electricidad. Dichos coeficientes están publicados y los puedes consultar. Un saludo!
Hola, buen articulo, pero no me queda claro si una instalacion fotovoltaica para autoconsumo mejoraria el certificado energetico. Gracias de todos modos porel articulo.
Hola Carlos! Los programas de certificación energética como CE3X o HULC permiten introducir las energías renovables. CE3X como contribuciones energéticas y HULC como energía renovable generada. Las energías renovables no generan emisiones de CO2 y en este sentido premian la calificación energética. No obstante hay que recordad que el certificado emite dos letras, una por emisiones y otra por consumo. Aplicando el sentido común, tampoco se trata de consumir en exceso con la excusa de que dicho consumo es de energía de origen renovable. Un saludo!
buenos dias,
quería saber como introducir en el programa CE3X que una vivienda unifamiliar tiene el consumo electrico a través de un sistema de autoconsumo de placas fotovoltaicas y baterias de ion litio? intento hacerlo y acabo en un desplegable en el que debo introducir un tipo de combustible!!
puede ser que no se contempla en el programa este tipo de energia 100% eficiente de placas solares y bateria -con un apoyo de grupo electrogeno para las puntas de consumo o dias sin sol- ?
gracias, espero vuestros consejos
Hola María. Prueba con la opción contribuciones energéticas en el panel de Instalaciones de CE3X. Un saludo!
Hola Paula,
abundando en la cuestión de la compañera, en mi caso se trata de unas placas fotovoltaicas colocadas en la cubierta de un edificio de viviendas. Esos paneles no sirven para cubrir la demanda ni del ACS ni de la calefacción y sólo sirven para generar electricidad para los portales de la urbanización.
Dentro del programa me voy al apartado instalaciones-contribuciones energéticas-generación electricidad mediante renovables/cogeneración y una vez en ese apartado hay varias casillas a rellenar como “calor recuperado para ACS”, “frío recuperado” etc y luego hay una casilla que pone “tipo de combustible”. Mi duda es ¿a qué combustible se refiere? ¿Acaso al de la caldera individual que hay en cada piso de esa urbanización? No sé, a ver si me iluminas porque estoy perdido. Gracias.
Hola Luis, en primer lugar si dicha electricidad generada no se aprovecha ni para ACS, ni calefacción ni electricidad, entonces no la debes de considerar en el cálculo. En el caso de que sí se aprovechara, en el apartado de combustible tienes que introducir el combustible que utiliza así como la energía para el funcionamiento de la instalación de renovables. Por ejemplo, un equipo de co-generación puede utilizar gas natural para generar agua caliente y electricidad. Un saludo!
Siguiendo este hilo no tengo tan claro que no puedas introducir la energía fotovoltaica en el CEE del caso que exponeís
No sería viable que aunque uses la energía renovable para autoconsumo de otros usos que no se contemplan en el CEE de un edificio residencial (ya sea iluminación, ascensores, bombas, etc) puedas indicar que lo aprovechas para la instalación de termos electricos de ACS?
Considero que mientras lo autoconsumas, no sería descabellado aplicarselo a cualquier instalación electrica que dispongas en el edificio y que te permita el CEE.
Realizaré la consulta a IDAE para conocer su opinión.
Saludos.
Hola Paula,
yo también tengo una duda en este sentido, a ver si me puedes ayudar.
Nosotros queremos poner paneles fotovoltaicos en nuestro edificio de viviendas, para generación de electricidad para las viviendas y el portal.
Cuando en el apartado de mejoras propuestas quiero meter los datos no tengo muy claro cómo hay que hacerlo…
Yo pongo en contribuciones energéticas “Energía eléctrica generada para autoconsumo” los KWh previstos en la instalación y como combustible “Electricidad” pero al darle a aceptar me dice “La energía eléctrica generada para autoconsumo supera la energía eléctrica consumida para cubrir los servicios de calefacción, refrigeración y ACS del edificio”.
Lógico, ya que la instalación no está pensada sólo para ese consumo, sino para todo el consumo eléctrico del edificio…
Hay que meter previamente en algún sitio el consumo eléctrico del edificio? cómo?
Un saludo y gracias de antemano!
Hola Iciar. No se me ha dado el caso pero te comento por si te sirve. En CE3X introduces en contribuciones energéticas la energía eléctrica generada para autoconsumo y el tipo de combustible. No rellenes el de energía consumida porque dicha casilla es para cogeneración (energía consumida para generar energía que no es el caso del autoconsumo). Un saludo!
Buenos dias Paula,
Actualmente estoy realizando el certificado energetico de mi vivienda y me ha surgido un problema: Contamos con 2 calderas de condensacion de 1197 kW operando de forma centralizada, 1 deposito de 1000L para ACS y 2 depositos de 3000L cada uno de ACS solar. Mi pregunta es, como se puede calcular el porcentaje (%) de contribucion energética que te pide en CE3X? Entiendo que tendra preferencia de uso el ACS solar por lo que se podria hacer una estimación diaria del porcentaje de la demanda de ACS cubierta (variara en funcion del dia y la radiacion solar), pero no tengo muy claro como calcular el ACS solar disponible diario/mensual/anual.
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.
Buenos días Marcos. Puedes calcular el porcentaje de contribución solar con el programa CHEQ 4 y con F-CHART. Un saludo.
Hola , no me queda muy claro como hay que introducir Fotovoltaica en las medidas de mejora. Entiendo que en energía eléctrica generada para autoconsumo, es obvio que hay que intruducir, entiendo que no hay que introducir ningún otro dato en esta pestaña, mas que tipo de compustible electricidad. Tampoco energía consumida, aunque no entiendo porque, ya que si pongo algún dato ( lo consume el inversor ) me da una ventana de aviso que no entiendo muy bien que quiere decir.
Gracias
Hola Débora. Te copio y pego tal cual aparece en el manual:
– Energía eléctrica generada; es la energía eléctrica en kWh/año generada por el equipo instalado.
– Energía consumida: en aquellos equipos en que la energía eléctrica se genera a través del consumo de otra energía (como por ejemplo el caso de la cogeneración), se introducirá en dicha casilla el consumo de energía necesario para la producción de la energía eléctrica generada considerada previamente.
– Tipo de combustible; en este desplegable se selecciona el tipo de combustible asociado a la energía consumida descrita anteriormente. Las opciones serán: gas natural, gasóleo-C, electricidad, GLP, carbón, biocarburante y biomasa/ renovable.
Un saludo
Hola Paula
Estoy realizando un certificado de eficiencia energética donde el ACS se cubre al 100% con paneles solares. He probado varias cosas y siempre me sale el error de la demanda de ACS debe ser cubierta al 100%.
He probado:
1_ Meterlo como contribución energética al 100% el acs, pero me sale ese error
2_Meterlo como contribución energética al 90% el acs, y dejando un 10% generado con la caldera de calefaccion + acs, y también me sale ese error.
3_Finalmente he puesto el 100% generado por la caldera y no me sale ese error, pero no es correcto.
¿Qué puedo hacer?
Gracias
Hola Esther. Tendría que ver el archivo ¿Has probado introduciendo un generador sólo de ACS? ¿Tiene algún generador la vivienda? ¿En qué te has basado para introducir una caldera de calefacción+acs si la vivienda no tiene generador? Asegúrate de que sumas correctamente los porcentajes. Un saludo
Metí un generador de ACS+calefacción porque meter un generador solo de calefacción y darle el 100% de contribución energética a ACS me daba error. Por ello, terminé poniendo que era ACS+calefacción.
Sí, están bien sumados los porcentajes.
Gracias
Un saludo
Buenos días, actualmente estoy realizando el certificado energético en el programa CE3x de una vivienda unifamiliar.
La misma dispone de una instalación solar fotovoltaica.
En “contribuciones energéticas” coloco el valor de energía eléctrica generada, en energía consumida pongo el valor 0 (siguiendo los pasos del manual del propio programa)… pero, a la hora de calcular el certificado, sale el aviso de “La energía eléctrica generada para autoconsumo supera la energía eléctrica consumida para cubrir los servicios de calefacción, refrigeración y ACS del edificio”
No entiendo por qué sale este aviso, porque creo que es lógico, ya que la instalación solar fotovoltaica no está pensada solo para ese consumo, sino para el consumo de TODA la vivienda.
¿Hay que insertar previamente en algún sitio el consumo eléctrico del edificio? ¿Cómo?
Cabe destacar que para ACS la vivienda solo dispone de termo eléctrico.
Y claro, lo que acontece con todo esto es que la calificación del CE3x se dispara y ni siquiera me deja elegir posibles medidas de mejora, etc
Alguien me podría ayudar por favor? Ni en el propio manual del CE3x se explica bien el asunto de energías renovables y por internet no he parado de buscar casos parecidos y no he encontrado nada.
Espero respuesta,
Un saludo, Yone
Hola Yone. No te puedo contestar con certeza porque no conozco precedente similar. Te recomiendo que contactes con Efinovatic, los desarrolladores del programa. Un saludo!
Hola Paula,
tengo que realizar el CEE (certificado energético) a un cliente que va a instalar placas fotovoltaicas en su chalet. Realmente son dos CEE los que hay que hacer, el primero sin reflejar esas placas fotovoltaicas y el segundo CEE ya reflejándolas, para ver qué % de reducción del consumo de energía primaria no renovable ha habido en la vivienda. Es por un tema de ayudas a las que quiere optar.
Para reflejar esos paneles fotovoltaicos en el ce3x, dime si serían correctos estos pasos a seguir:
dentro del apartado de “instalaciones”, voy a “contribuciones energéticas”, luego a “generación de electricidad mediante renovables/cogeneración” y dentro de ahí rellenaría la casilla de “energía eléctrica generada para autoconsumo”, rellenaría también la casilla de “tipo de combustible” y luego pondría un 0 en la casilla de “energía consumida” y el resto de casillas las dejaría sin rellenar, ¿sería correcto?
Por otra parte, tengo otra cuestión relacionada con esta:
Como te decía al principio, a mi cliente le piden que demuestre a través del CEE que con esos paneles fotovoltaicos ha habido una reducción de, al menos, un 30% del consumo de energía primaria no renovable en su vivienda.
El informe del CEE que genera el CE3X en formato PDF, en el anexo III de “recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética”, te hace un análisis técnico en una tabla y en esa tabla viene reflejado el ahorro respecto a la situación original que ha habido en calefacción, refrigeración, el total etc de una serie de indicadores tales como las emisiones de C02, consumo de energía primaria no renovable etc
Entiendo que es en esa tabla donde poder demostrar lo de la reducción del 30% que le exige la administración a mi cliente. Pero, claro, esa tabla donde poder ver ese ahorro va asociada a una medida de mejora, por lo tanto mi duda es si para justificar ante la administración esa reducción del 30%, lo de reflejar los paneles solares fotovoltaicos en el CE3X tiene que ir dentro del apartado de instalaciones (en contribuciones energéticas) o meterlo directamente como medida de mejora y no dentro del apartado de instalaciones.
Gracias,
Un saludo.
Hola Luis. No es del todo correcto, sólo tienes que activar “Generación eléctrica mediante renovables/Cogeneración” y luego introducir la cantidad de energía eléctrica generada. No hace falta que selecciones tipo de combustible, porque una instalación de autoconsumo no consume energía para generar energía como por ejemplo la cogeneracíón. Respecto de lo que comentas del porcentaje de energía primaria no renovable tienes dos opciones. Una es introducir dicha instalación en un único CEE como medida de mejora y comprobar directamente en las tablas el % de reducción. Otra realizando dos CEEs, uno sin instalación fotovoltaica y otro con instalación fotovoltaica, y calcular tú mismo el % de ahorro entre la energía primaria no renovable del primero y el segundo CEE. Este valor aparece en la portada del CEE. Por cierto ¿De qué programa de ayudas se trata? Un saludo!
Hola Paula,
pues son unas deducciones que ha sacado el Estado ahora en octubre. Si buscas “Nuevas deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas (RDL 19/2021)”, ahí viene todo. Además de que hay ayuntamientos bonificando el IBI si demuestras un ahorro en tu vivienda a través del CEE.
Respecto a lo que comentas del caso de hacer dos certificados. Dime porfa si es correcto lo que planteo:
Cuando haga el primer CEE, en instalaciones no reflejo los paneles fotovoltaicos, y en medidas de mejora de ese primer CEE supongo que tendré que poner una medida cualquiera que no tenga que ver con esto de los paneles.
Cuando vaya a hacer el segundo CEE, en instalaciones ya sí reflejo esos paneles fotovoltaicos y en medidas de mejora de este segundo CEE supongo que habrá que proponer la misma que puse en el primer CEE.
Una vez hechos ambos CEE, cuando dices que el % de ahorro entre la energía primaria no renovable del 1º y del 2º CEE viene en la portada, asumo que te refieres a la primera página del informe en pdf que genera el ce3x donde viene la letra que ha obtenido la vivienda en “consumo de energía primaria no renovable” (junto a la de emisiones de CO2) y ahí comparar los datos de ambos CEEs y ver si ha habido una reducción en esa escala de un 30% entre ambas cifras…¿sería eso?
Ya me comentas,
Gracias.
Saludos.
Hola Paula,
pues son unas deducciones que ha sacado el Estado ahora en octubre. Si buscas “Nuevas deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas (RDL 19/2021)”, ahí viene todo. Además de que hay ayuntamientos bonificando el IBI si demuestras un ahorro en tu vivienda a través del CEE.
Respecto a lo que comentas del caso de hacer dos certificados. Dime porfa si es correcto lo que planteo:
Cuando haga el primer CEE, en instalaciones no reflejo los paneles fotovoltaicos, y en medidas de mejora de ese primer CEE supongo que tendré que poner una medida cualquiera que no tenga que ver con esto de los paneles.
Cuando vaya a hacer el segundo CEE, en instalaciones ya sí reflejo esos paneles fotovoltaicos y en medidas de mejora de este segundo CEE supongo que habrá que proponer la misma que puse en el primer CEE.
Una vez hechos ambos CEE, cuando dices que el % de ahorro entre la energía primaria no renovable del 1º y del 2º CEE viene en la portada, asumo que te refieres a la primera página del informe en pdf que genera el ce3x donde viene la letra que ha obtenido la vivienda en “consumo de energía primaria no renovable” (junto a la de emisiones de CO2) y ahí comparar los datos de ambos CEEs y ver si ha habido una reducción en esa escala de un 30% entre ambas cifras…¿sería eso?
Gracias,
Saludos.
Hola Luis. Gracias por la información respecto de las ayudas. Sí sería lo que comentas, no obstante revisa las bases de la convocatoria de ayudas por si acaso. Por ejemplo, si las bases no indican de manera expresa que son dos certificados, puedes entonces la opción de introducir las placas fotovoltaicas como medida de mejora sería un opción más sencilla. Consulta las bases y si es posible con algún técnico que resuelva dudas sobre dicha subvención. Un saludo!
Hola Paula yo tengo este mismo caso,
yo he introducido la placas fotovoltaicas tal y como dices y todo ok, pero el problema es que para esas ayudas el consumo de energia no renovable se debe reducir un 30% y al meter las placas de esa forma si se reduce , pero tambien piden que la demanda de calefaccion y refrigeracion se vea reducida en un 7% y al meter solamente de esa forma las placas dichos parametros no cambian.
Hola Álvaro. Para reducir la demanda es necesario actuar en la envolvente térmica. Un saludo!
Hola Álvaro buenos días, si esas ayudas son los fondos next Generation ya te dan un 40 % sobre una inversión máxima de 7500€ , es decir 3.000 € con el solo hecho de cambiar elementos de la envolvente térmica, por ejemplo ventanas, siempre que cumplan que la transmitanca térmica sea menor de 1.8 y la permeabilidar al aire menor de 9.
Lo de los porcentajes es para conseguir deducciones fiscales que pueden llegar a ser de casi 1000€ más en el caso de que se consiga una reducción en el consumo del 30% “o” del 7% en la demanda de calefacción y refrigeración. Es decir cumpliendo una de esas premisas, no las dos, puedes llegar a tener esa deduccuón.
La comunidad de Madrid tiene en su web una hoja excel de cálculo para saber si se consiguen estos ahorros.
https://www.comunidad.madrid/servicios/vivienda/ayudas-actuaciones-rehabilitacion-energetica-edificios-residenciales-viviendas-prtr
En este enlace te vas al final de la página en herramientas de apoyo y pinchas en herramienta indicadores energéticos y ahí te la puedes descargar.
Hola Paula,
Estoy haciendo certificado energético de un edificio terciario donde vamos a poner aerotermia para calefacción y ACS, y en contribuciones energéticas fotovoltaica (tengo calculada la energía que genera) . A la hora de rellenar datos en contribuciones energéticas, relleno energía auto consumida, tipo de combustible electricidad. Tendría que rellenar también el cuadro de energía consumida?
Gracias,
Un saludo.
No Alberto. La energía consumida se refiere a la energía consumida por equipos en que la energía eléctrica se genera a través del consumo de otra energía. Este no es el caso de la aerotermia ni de la fotovoltaica. Un saludo.
Buenas tardes.
En relación con los casos que se vienen comentando sobre la instalación de placas fotovoltaicas para la generación de energía eléctrica, me surge una gran duda, en el apartado del CE3x energía eléctrica generada para el autoconsumo, ¿se debe de introducir toda la energía generada? No sé, si en caso de ser así, estaríamos cometiendo algún tipo de fraude, ya que, toda la energía que se va a generar no se va a emplear para los consumos de calefacción, refrigeración o ACS, sino que, parte se empleará en el consumo general de la vivienda, otra parte en las instalaciones térmicas y otra será vertida a la red.
Y en el caso de tener en cuenta todos estos parámetros, cómo podríamos evaluar ¿qué porcentaje consumen los equipos de generación térmica?, teniendo en cuenta que no sólo hay que contar con los consumos de los mismos sino también con las horas a las que se realiza.
Muchas gracias y un saludo
La pregunta de Rocio es buena y seguro que sería interesente conocer la respuesta. Sin embargo, a favor de incluir toda la producción estaría el hecho de que la energía vertida a la red es en efecto de una fuente renovable de manera que sí que afecta al balance neto de la vivienda (en términos técnicos, legales no lo sé). Eso en el caso de verter excedentes (el más normal) con vertido cero ya sería otra cosa.
En todo caso, aunque avise de que la producción supera al uso CE3x lo acepta y considera de modo que “debe de estar bien” ya que es una herramienta oficial de cálculo.
Pero a pesar de ello alguna confirmación de quién tenga el tema claro (y esta es una situación que empieza a ser MUY común, por lo que me extraña que no haya una respuesta clara comúnmente aceptada) nos daría a todos bastante “paz de espíritu”.
Y me “medio” respondo un poco a mí mismo (aunque me siga pareciendo sorprendente que no haya nadie que SEPA la respuesta al tema).
Da la impresión de que la respuesta “cauta” sería poner en la energía FV generada el mayor número que CE3x permita sin que salte el aviso (por supuesto no superior a estimada con las placas instaladas). Y ojalá con el mensajito saliera el numero que se excede para no tener que andar con tanteos.
CE3x debería aclarar la situación y, si esa es la intención, utilizar solo la parte de energía consumida para su cálculo (ahora utiliza el número que se ponga aunque se exceda ese límite). Si se debe considerar toda entonces el mensaje que aviso tan solo hace más confusa la situación.
Buenas tardes,
Estoy realizando un CEE de un edificio terciario. Sistema de calefacción+refrigeración+ACS por Aerotermia, con placas solares para producción de energía eléctrica.
La energía eléctrica generada cubre el total de la necesaria para el uso del edificio. Por lo que en Energía consumida no he puesto nada.
En el programa CE3X, en el apartado de Contribuciones energéticas, en Fuentes de energía renovables, ¿hay que indicar el % de demanda de ACS, calefacción o refrigeración cubierto?
Muchísimas gracias.
Hola Leticia, en contribuciones energéticas sólo introduces la energía eléctrica generada con las placas fotovoltaicas. Por lo tanto sólo activas la casilla Generación eléctrica mediante renovables/Cogeneración y por lo tanto no tienes que introducir los porcentajes de demanda de cada servicio. La casilla de Fuentes de energía renovables se activa sólo para fuentes renovables que produzcan energía térmica. Un saludo!
Hola. Creo que el progeama tiene un error al intentar introducir aportacion de energia fotovoltaica. En mi caso, introduzco la produccion anual generada por las placas y dejo en blanco (o pongo 0) en el de energia consumida, y al generar el informe aparece 0,1A en la clasificacion energetica del inmueble.
Hola José. Cuando se introduce fotovoltaica, hay que dejar a cero el campo energía consumida. Por energía consumida se entiende la energía consumida para generar la energía renovable, por ejemplo, como sucede en la cogeneración. Un saludo!
Estoy de acuerdo con Manolo en que me parece sorprendente que a estas alturas, con el auge de las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo, no haya respuestas claras y “oficiales” al respecto de como calcularlas en CE3X.
Calculamos la energía anual generada (con PVGIS, por ejemplo), y queda claro que la consumida es 0 y no hay que poner ningún tipo de combustible. Pero, ¿cómo podemos saber la reducción de los consumos para calefacción, refrigeración y ACS?. ¿Lo suponemos? Y en el caso de que haya baterías, ¿esto se puede ver reflejado de alguna manera en el cálculo? Porque realmente si que hará disminuir el consumo de energía primaria no renovable, ya que la energía que se consuma por la noche (por ejemplo) vendrá de la batería, no de la red. Pero ¿cómo cuantificarlo?.
Gracias,
Buenos días Paula:
Me queda claro donde meter en el CE3X la producción de energía fotovoltaica generada pero:
– ¿En los KWH de “Energía eléctrica generada para autoconsumo” ponemos los que realmente generan las placas fotovoltaicas? ¿O sólo pondríamos los que realmente vamos a consumir? Sin tener en cuenta los que vertemos a la red como excedentes.
– Si tenemos una bomba de calor que va a alimentarse parcialmente con los KWh eléctricos producidos por los paneles fotovoltaicos ¿ya tiene en cuenta esto el programa o tenemos que introducir los KWh térmicos que va a producir gratuitamente la bomba de calor en algún apartado de “Porcentaje de demanda de calefacción cubierta”, “Porcentaje de demanda de refrigeración cubierta” “Calor recuperado por Calefacción ” o “Frio recuperado”?
– Entiendo que los KWh del anterior punto serían KWh térmicos no eléctricos.
Saludos.
Hola Antonio. Introduce exclusivamente la energía eléctrica generada para autoconsumo, es decir la energía que generan las placas. Un saludo!
Buenos días Paula (y resto de contribuyentes habituales).
Soy propietario de una vivienda unifamiliar, la cual, en la actualidad, dispone de placas solares térmicas para el ACS.
Nos planteamos una nueva instalación de placas solares para autoconsumo de la vivienda.
Deseamos retirar la instalación de placas térmicas porque el depósito para ACS está dando problemas (pequeñas pérdidas que irán a más en el futuro) e instalar un termo eléctrico. La producción de energía eléctrica para autoconsumo ya tendrá en cuenta los kWh necesarios para ACS a la hora de dimensionar la instalación fotovoltaica de autoconsumo.
De cara a cumplir con los requisitos para concesión de ayudas de los fondos EU Next Gen, (calcular y justificar la reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable mediante CEEs de antes y después de la instalación de autoconsumo) nos indican la empresa que presupuesta la instalación que el quitar el ACS mediante placas térmicas y poner el termo eléctrico para ACS que se suministre mediante la nueva instalación de autoconsumo va a penalizar los cálculos de % de reducción de energía primaria no renovable en los CEEs, poniendo en riesgo cumplir con los requisitos de las subvenciones.
Como he visto cierta confusión en los comentarios con como se gestionan las contribuciones de renovables en los programas de cálculo de eficiencia energética ¿me podéis confirmar que esto es así y la razón por la que generar ACS mediante una instalación u otra computa de manera que perjudica a la eficiencia energética de la vivienda? La lógica me dice que no debería contribuir negativamente ya que, tanto en un caso como el otro, la energía necesaria para producir el ACS se obtiene de energía renovable mediante placas.
Gracias de antemano. ¡Un saludo!
Buenos días David. Lo que yo entiendo es que si el certificado inicial se realiza teniendo en cuenta los paneles solares térmicos y el certificado final se realiza sin esos paneles pero con los fotovoltaicos, quizás la empresa que te ha aconsejado, considera que no se podría alcanzar el 30% de ahorro en consumo de energía primaria no renovable. Ten en cuenta que los paneles térmicos, que quitas, contribuyen reduciendo consumo de energía primaria no renovable y reduciendo las emisiones de CO2. Si las quitas y las cambias por un termo eléctrico, penalizas el consumo y las emisiones, pero ojo, sólo del servicio de ACS. No obstante, todo esto es muy subjetivo, ya que hasta que no se haga el cálculo real con la instalación de autoconsumo real de paneles fotovoltaicos, no sabrás si se alcanza el porcentaje mínimo. Yo de ti les pediría a los que te van a realizar el certificado del estado inicial y reformado, que hagan un precálculo para ver qué opciones tienes de manera que se pueda alcanzar o superar el 30%. Ten en cuenta que desde mi punto de vista, todo dependerá de la cantidad de energía generada por los paneles fotovoltaicos que se introduzca en CE3X y el consumo del nuevo termo que se instale en comparación al generador de ACS que tienes actualmente, que entiendo que no serán solo los paneles solares térmicos los que producen ACS. Un saludo!
Quisiera saber si me podéis ayudar, he instalado placas solares, en el 1 certificado antes de la instalación la eficiencia de energías no renovables la etiqueta era D con consumo de 195.1. Tras la instalación he pasado a A consumo 0. He llamado para que me digan si hay un error y me dicen que no, los incicadores parciales que aparecen suman 98,05, no se si esos indicadores deben de coincidir con los del que aparecen en la etiqueta. ¿Me podéis aclarar si esas cifras se pueden dar ? esta información la tengo que poner para la renta y no quisiera equivocarme.
Hola Esther! ¿Qué quieres decir con que los indicadores parciales suman 98.05? Por otro lado, respecto de lo que comentas de la calificación A y consumo cero seguramente sea porque han considerado que el 100% de la energía generada por las placas es autoconsumida en tu vivienda ¿Crees que es así? Además ten en cuenta que en el cálculo para la emisión del certificado sólo se considera la energía generada autoconsumida para instalaciones térmicas. Un saludo!
Hola,
el año pasado instalamos placas solares que cubren el 100% del consumo eléctrico de la casa y ahora para la declaración de hacienda nos piden el certificado energético anterior y posterior a la instalación, el cual no tenemos. ¿Cómo podemos obtener el certificado anterior a la instalación de las placas? Nadie nos comunicó que deberíamos tener dicho certificado.
gracias
Esther
Hola Esther, si ya habéis instalado los paneles, no podéis obtener el certificado previo. El proceso lógico es realizar el certificado antes de la instalación y registrarlo. Posteriormente volver a contactar con el técnico, que vuelva a visitar para hacer comprobaciones y que actualice el certificado y lo vuelva a registrar. Un técnico no debería emitir un certificado de un estado anterior sin haberlo comprobado, debe de certificar lo que comprueba in situ y en tiempo real. Un saludo!
Por fin un ente público aclara como proceder cuando introducimos en CEX un sistema fotovoltaico.
En este caso es el EREN, que es el Ente Regional de la Energía de Castilla y León, que publica una nota informativa de cómo proceder.
“ De acuerdo con el documento “CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA”, los procedimientos de cálculo deberán ajustarse a las condiciones establecidas en este documento y a las fijadas en el Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE) del Código Técnico de la Edificación (CTE) en lo referido a “Procedimientos de cálculo del consumo energético” (HE-0).
Los indicadores de consumo energético se obtienen del balance entre la energía producida y consumida en escenarios normalizados de utilización por determinados servicios del edificio (calefacción, refrigeración, ventilación, control de humedad, ACS y en terciarios también iluminación). Estos servicios son los considerados como EPB, según norma UNE-EN ISO 52000-1:2019.
Es importante tener claro cuál es la energía consumida en los edificios a incluir en el certificado, y en qué servicios del mismo. Este concepto de consumo energético se establece en el CTE-HE, definido de la siguiente forma:
“Consumo (energético): energía que es necesario suministrar a los sistemas (existentes o supuestos) para atender los servicios de calefacción, refrigeración, ventilación, ACS, control de la humedad y, en edificios de uso distinto al residencial privado, de iluminación, del edificio, teniendo en cuenta la eficiencia de los sistemas empleados. Se expresa con unidades kW·h/m2.año.(…)”
Para poder considerar contribuciones de energías renovables en el cálculo del certificado, éstas se deben consumir en alguno de los servicios mencionados anteriormente. Así, por ejemplo, una vivienda en la que la producción de calefacción y ACS sea mediante combustibles fósiles o biomasa, aun disponiendo de paneles solares fotovoltaicos, la energía eléctrica autogenerada no podría considerarse en el cálculo de la certificación como aporte renovable, tal y como estable el punto 10 del apartado 4.1 de la HE-0:
“A efectos de imputación a los distintos servicios, el reparto de la energía eléctrica producida in situ, en cada intervalo de tiempo, se hace proporcionalmente a los consumos eléctricos de los consumos considerados (calefacción, refrigeración, ventilación, ACS y en uso terciario, además, iluminación).”
La forma de introducción en los programas de certificación de la energía eléctrica generada por una instalación renovable depende de si la herramienta de cálculo aplica o no el citado balance energético.
La situación actual es que los programas HULC, CYPETHERM y CERMA sí que realizan el balance entre energía generada y consumida por los sistemas, por lo que se puede introducir la totalidad de la energía eléctrica generada.
En cambio, si se certifica con el programa Ce3X un edificio que cuenta con una instalación fotovoltaica de autoconsumo, únicamente se podrá considerar en el cálculo de la certificación, la energía eléctrica autoconsumida por los servicios de calefacción, refrigeración, ventilación, ACS, control de humedad, y para usos terciarios, la iluminación, por lo que no se debe introducir la totalidad de energía eléctrica generada.
Así por ejemplo, una instalación fotovoltaica en un edificio con caldera de gas natural no puede considerarse la producción fotovoltaica como una contribución energética renovable para la certificación. En cambio, si el edificio cuenta con equipos que consumen electricidad para cubrir los servicios mencionados (por ejemplo, una aerotermia) en este caso sí podría considerarse como contribución energética renovable la energía eléctrica fotovoltaica, pero únicamente la que la máquina de aerotermia pueda consumir (que puede o no coincidir con la energía eléctrica anual producida por los paneles).
Para conocer la cantidad de “energía eléctrica generada para autoconsumo” máxima que se puede introducir en el Ce3X, debe conocer la energía eléctrica final que realmente consumen los equipos eléctricos en los sistemas. Esta información está disponible en el archivo XML, en el apartado , , . Puesto que este es un valor por m2, debe multiplicarlo por la superficie habitable considerada en el certificado.
Recuerde que para estos casos en los que se introduce energía eléctrica generada para autoconsumo, no debe introducir ningún porcentaje de demanda de ACS, calefacción o refrigeración cubierto con fuentes de energía renovable.
En cuanto a la contribución renovable de las bombas de calor, se debe tener en cuenta que ésta ya se encuentra incluida dentro de su valor de COP estacional, lo que en CE3X se identifica como “Rendimiento medio estacional”. Este COP siempre supera el valor de 1, siendo la diferencia con 1, la contribución renovable. Por ello, al estar esta contribución incluida en el parámetro que define el rendimiento del equipo, no se debe introducir de forma adicional un porcentaje de contribución renovable.”
Espero que sirva.
Muchas gracias Oscar por tu aportación. Seguro que de mucho valor para tod@s! Un saludo
Un edificio que solo pone placas solares fotovoltaicas, para uso colectivo (zonas comunes y particulares como lo deberán hacer?
Reducirán ese 30% con solo la instalación de placas y teniendo calderas de gas sin tener ACS ni Refrigeración?
Hola,
Me han encargado la redacción de un Certificado de Eficiencia Energética y para obtener la deducción en renta se pide reducir en al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. Utilizo el CE3x.
El propietario va a instalar placas solares y un Split Inverter que abarcará el 30 % de la superficie útil de la vivienda. La vivienda dispone de caldera de gas natural para ACS y calefacción con radiadores.
Añadiendo las contribuciones energéticas y el Split con sus características, no se cambian los valores de Demanda de calefacción y refrigeración en el CE3X, ¿es así? ¿Se necesitan otras medidas de mejora?.
Tengo que orientarle para ver si es viable que alcance esta ayuda o desestimarla.
Muchas graciass,
Hola David! Hay tres tipos de deducciones, la que se debería de aplicar en este caso es la segunda, en la que hay que justificar al menos una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable. Si las mejoras son las que comentas, no se reduce la demanda energética. Para reducir la demanda hay que intervenir en la envolvente térmica que no es el caso. Por otro lado, si la vivienda dispone de caldera de gas para calefacción y acs y sólo el aire acondicionado consume electricidad, es muy probable que no se alcance el 30% de reducción del consumo de energía primaria no renovable. Ten en cuenta que el certificado sólo considera las instalaciones térmicas cuando estima el consumo energético. Si la calefacción y el acs consumen gas, difícilmente se puede reducir el consumo eléctrico con fotovoltaica, ya que en el cálculo interno de CE3X sólo se consume electricidad en verano para el servicio de refrigeración. Un saludo!