¿Quién necesita un certificado energético?

La normativa no obliga a nadie por el simple hecho de tener una vivienda a disponer del certificado, entonces, ¿para quién es obligatorio el certificado energético?

14-04-13

¿necesito un certificado energetico?

Fundamentalmente podemos establecer tres grandes grupos:

-Un primer grupo serían los propietarios con intención de vender sus viviendas. Para llevar a cabo esta operación, es necesario presentar el certificado de eficiencia energética de la vivienda a la persona interesada en su compra.

-El segundo gran grupo será el mercado de alquiler, cualquier vivienda que se desee alquilar deberá contar con el certificado energético en vigor. Se excluyen de este grupo partes de inmuebles aislados con superficie útil inferior a 50m2 (como por ejemplo una cochera) y además viviendas que vayan a ser utilizadas durante menos de 4 meses al año y con un consumo de energía inferior al 25% de lo que resultaría si se utilizaran el año completo .

-Y finalmente aquellos edificios, o mejor aún, aquellas comunidades de propietarios que deseen optar a ayudas o subvenciones para realizar determinadas obras de mantenimiento y/o rehabilitación, necesitan contar con el denominado informe de evaluación del edificio, el cual está compuesto por varios documentos y uno de ellos es el certificado energético.

Por tanto el certificado energético no es obligatorio para todos los particulares como algunos rumores apuntaban desde hace tiempo. Simplemente para los que deseen alquilar o vender su inmueble y para los que soliciten una subvención o ayuda para rehabilitar su edificio.

Cabe destacar que la ley indica que la calificación energética del inmueble debe ser mostrada en los anuncios de alquiler y venta. Es decir, pronto veremos todos los escaparates de las inmobiliarias llenos de colores indicando la eficiencia energética de cada vivienda.

¿Necesita un certificado energético? Haga click en “obtener certificado

Comparte este contenido con tus amigos, te lo agradecerán.


Escrito por:

6 pensamientos en “¿Quién necesita un certificado energético?

  1. antonio

    Es necesaria la etiqueta energética para el alquler de un solar dedicado al aparcamiento de vehículos con y sin motor

    Responder
    1. Paula Serrano Yuste

      Hola Antonio. La etiqueta y el certificado de eficiencia energética es de edificios, no considera espacios exteriores. Un saludo!

      Responder
  2. Fco JAVIER

    Como propietario ; ¿ Es necesaria incluir para la VENTA la CERTIFICACION de EFICIENCIA ENERGETICA de una CASITA de OCIO de 37m2 habitables para usos exporadicos de fines de semana y menos de 1 mes al año en periodo vacacional ? . La misma ya dispone de ventanas tipo Climalit , calefaccion a leña y suministro independiente de electricidad Fotovoltaica .

    Responder
    1. Paula Serrano Yuste

      Hola Javier! Si la casita esta aislada físicamente, está exenta por el tamaño y por el hecho de estar aislada (RD 235/2013 Artículo 2.2e)). Si no está aislada, es decir, si forma parte de un edificio de más apartamentos y es para venta, sí estás obligado como propietario a disponer del certificado energético y por lo tanto a informar de su calificación cuando hagas publicidad de su venta, aunque sea para uso vacacional. Además ten en cuenta que Uso vacacional significa uso inferior a cuatro meses al año o un uso por un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 por ciento de lo que resultaría de su utilización durante todo el año. Esto, se debe de justificar por el propietario con una declaración responsable. No obstante como te decía NO es una justificación en el caso de venta. Mira la pregunta/respuesta en la web del Ministerio de Enregía. Te la copio aquí:
      ¿El propietario de un apartamento que ha sido utilizado normalmente como residencia temporal de uso vacacional y tiene intención de publicitarlo para su venta, debe incluir la etiqueta energética en su oferta?
      Sí, de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 235/2013 es el promotor o propietario del edificio o parte del mismo el responsable de encargar la realización del certificado de eficiencia energética del edificio y de mostrar la etiqueta en toda oferta, promoción o publicidad dirigida a la venta del edificio o parte del mismo. Por tanto como el vendedor desconoce la utilidad que piensa darle el potencial comprador, deberá incluir la etiqueta en la oferta (https://energia.gob.es/desarrollo/EficienciaEnergetica/CertificacionEnergetica/Paginas/RealDecreto-235-2013.aspx).
      Un saludo

      Responder
  3. María del Mar

    Hola, un edificio de nueva construcción que empezó a construirse en 2003 (cuando no se exigía certificado de Eficiciencia Energética en proyecto) y que se ha terminado de construir en 2019, ¿necesita certificado de eficiencia energética de edificio terminado?. Se trata de una vivienda unifamiliar que cuyo promotor la ha construido para uso propio (no se va a vender ni alquilar). En todo caso, si es exigible el certificado, ¿este debe realizarse como certificado de edifico existente?.
    Muchas gracias

    Responder
    1. Paula Serrano Yuste

      Hola María del Mar. A efectos del certificado de eficiencia energética, se entiende por edificio de nueva construcción aquel cuya solicitud de licencia de obra sea posterior al 1 de Noviembre de 2007. Si en tu caso es de 2003 se debe de tratar como edificio existente. Un saludo!

      Responder

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *