Potencial de Calentamiento Global PCG en el certificado energético

La actual directiva de eficiencia energética de los edificios incluye un nuevo concepto a tener en cuenta. En este caso se trata del Potencial de Calentamiento Global a lo largo del ciclo de vida de los edificios. En esta directiva se establecen los requisitos de este nuevo indicador que tendrá que aparecer en el certificado energético de edificios dentro de no mucho tiempo ¿Estás preparado? ¿Sabes cómo se calcula? ¿Quieres saber más? Sigue leyendo.

Potencial de Calentamiento global en el certificado energético

13-01-2025

¿Qué es el Potencial de Calentamiento Global PCG de los edificios?

La actual directiva es la UE 2024/1275 del 24 de abril de 2024. Fue publicada en mayo del año pasado y es toda una revolución en el proceso de descarbonización de los edificios. Sabemos que las directivas de eficiencia energética se van actualizando de manera periódica. Y esta última actualización supone todo un avance en lo que a eficiencia energética en los edificios se refiere. Porque lo cierto es que la directiva fomenta la mejora de la eficiencia energética de los edificios de la Unión Europea. Pero también la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). El objetivo es alcanzar un parque inmobiliario de cero emisiones a más tarde en 2050.

Contribución general a las emisiones GEI

De hecho, según la directiva, el Potencial de Calentamiento Global (PCG) a lo largo de todo el ciclo de vida de un edificio indica la contribución general del edificio a las emisiones causantes del cambio climático. Y no sólo comprende las emisiones GEI durante la etapa de uso (directas e indirectas). También incluye las emisiones GEI incorporadas en los productos de construcción.

El PCG como indicador en edificios nuevos

En este contexto el Potencial de Calentamiento Global se define como el indicador que cuantifica las contribuciones en términos de potencial de calentamiento global de un edificio a lo largo de todo su ciclo de vida. Un indicador que se puede calcular y que aparecerá indicado en el certificado de eficiencia energética del edificio.

En este sentido, el requisito de calcular el PCG a lo largo del ciclo de vida de los edificios nuevos, constituye un primer paso. Primero con el objetivo de poner en valor la importancia del rendimiento a lo largo del ciclo de vida completo de los edificios. No sólo a la etapa de uso. Y segundo, fomentar la transición hacia una economía circular. Es decir, a la optimización en el uso de los recursos y la reducción de los residuos.

¿A partir de cuándo se espera que el Potencial de Calentamiento Global aparezca en el certificado energético?

El Potencial de Calentamiento Global aparecerá en el certificado de eficiencia energética de edificios nuevos:

  • A partir del 1 de enero de 2028. Para edificios nuevos que tengan una superficie útil superior a 1.000 m².
  • A partir del 1 de enero de 2030, para todos los edificios nuevos. Sin límite de superficie.

Este indicador se calculará de conformidad con el Anexo III de la directiva. Por otro lado, dicho anexo podrá ser modificado. El objetivo será alcanzar un marco de la Unión para el cálculo nacional del PCG a lo largo del ciclo de vida. La finalidad, será lograr la neutralidad climática. El primer acto delegado para modificar dicho anexo será el 31-12-25.

¿Existirá un límite para el valor del PCG?

Pues lo cierto es que sí. Y ya hay fecha para su establecimiento. Según la directiva a más tardar el 1 de enero de 2027. En esa fecha los Estados miembros publicarán y notificarán a la Comisión una hoja de ruta. En ella se detallará la introducción de valores límite sobre el PCG total acumulado a lo largo del ciclo de vida de los edificios nuevos.

También se fijarán objetivos para los edificios a partir de 2030. Además se tendrán en cuenta una tendencia progresiva a la baja. Incluido valores límite máximo detallados en función de la zona climática y la tipología del edificio. Dichos valores límite serán acordes al objetivo de la Unión de alcanzar la neutralidad climática.

Según el Anexo III de la directiva, el PCG a lo largo del ciclo de vida de los edificios nuevos, será un indicador numérico de cada etapa del ciclo de vida. Se expresará en Kg de CO2 eq/(m²) de superficie útil calculado a lo largo de un periodo de estudio de referencia de 50 años.

Cálculo del Potencial de Calentamiento Global a lo largo del ciclo de vida de edificios nuevos

El cálculo se realizará de conformidad con la norma EN 15978 (EN 15978:2011, Sostenibilidad en la construcción. Evaluación del comportamiento ambiental de los edificios. Métodos de cálculo). También se tendrán en cuenta normas posteriores relativas a la sostenibilidad en la construcción y el método de cálculo para la evaluación del comportamiento ambiental de los edificios.

Por otro lado, se utilizará la herramienta Level(s) de la UE. Exactamente se tendrá en cuenta la definición de lo que incluyen los elementos y los equipos técnicos de un edificio según se establece en el indicador 1.2 del marco común Level(s).

Se podrán utilizar otras herramientas o métodos de cálculo si cumplen con los criterios mínimos establecidos en el marco común Level(s) de la UE.

Los datos relativos a productos de construcción específicos calculados de conformidad con el Reglamento (UE) n° 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo se utilizarán cuando estén disponibles.

Fuente

Directiva (UE) 2024/1275 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de abril de 2024 relativa a la eficiencia energética de los edificios (refundición).

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