El procedimiento de certificación de eficiencia energética de inmuebles, como pueden ser viviendas y locales comerciales, es de aplicación cuando edificios o partes de edificios existentes se vendan a alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado de eficiencia energética en vigor. Así lo especifica el RD 235/2013, que regula el procedimiento, detallando a quien le concierne disponer de un certificado, y cuál es el contenido que debe aparecer en este documento. Además, la etiqueta se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler de inmuebles ¿Se está cumpliendo con estas obligaciones? ¿Disponen los propietarios de viviendas y locales en alquiler o en venta del correspondiente certificado?¿Son conscientes, técnicos y propietarios, de cual es el contenido obligatorio del mismo?¿cuales son las consecuencias?
14-01-14
Se duda de la fiabilidad de algunos certificados energéticos españoles. La oferta en la red es extensa, pero ¿se realizan de forma correcta?
Contenido de un certificado energético de un inmueble existente
El certificado de eficiencia energética (CEE) de una vivienda, local o edificio existente debe contener:
1. Identificación del edificio o parte del edificio (si es vivienda o local) que se certifica, incluyendo la referencia catastral.
2. Indicación del procedimiento utilizado para certificar el inmueble.
3. Indicación de la normativa de ahorro y eficiencia energética que se le aplicó en su momento de construcción.
4. Descripción de las características energéticas del inmueble de: fachadas, medianeras, suelos, cubiertas, particiones horizontales y verticales, marcos y vidrios, instalaciones térmicas y de iluminación.
5. La letra de calificación energética del inmueble en forma de etiqueta energética.
6. Recomendaciones para la mejora de la calificación mediante actuaciones, a menos que sea técnica y económicamente inviable. Dichas mejoras se valorarán económicamente incluyendo en el certificado un análisis económico con una estimación de plazos de recuperación de la inversión en su vida útil.
7. Información para el propietario sobre dónde ampliar información e incluso ayudas para la mejora de la calificación.
8. Descripción de las pruebas y comprobaciones llevadas a cabo durante la certificación (visita al inmueble).
9. Verificación de la existencia de revisiones periódicas obligatorias en las instalaciones térmicas que lo requieran.
El certificado energético, una vez registrado, irá acompañado de la etiqueta energética. Como se ha comentado en la introducción, la calificación debe incluirse en toda oferta, publicidad o promoción dirigida a la venta y alquiler de inmuebles. La imagen de abajo muestra un escaparate de una inmobiliaria que anuncia alquiler de viviendas con información de la calificación energética del inmueble.
Calidad del certificado energético. Desconfía de los certificados express
Un certificado energético completo de un piso en un bloque de viviendas puede suponer para el técnico una media de 10-12 horas ¿porqué?
– Preparación de la visita: búsqueda de ficha catastral para saber año de construcción, normativa de aplicación, orientación de la vivienda, superficie construida, situación el el edificio de la vivienda, preparación de toma de datos durante la visita, aviso a propietario de toda la documentación que tiene que tener preparada el día de la visita (documentación de instalaciones, reformas, revisiones de instalaciones térmicas, memoria de calidades de la vivienda, tasación del inmueble, proyecto de actividad, …)
– Desplazamiento y visita al inmueble para toma de datos, de fotografías, explicación del proceso completo al cliente.
– Preparación de datos que solicita el programa de certificación: superficie útil habitable, porcentajes de marcos, orientaciones en base al CTE, consulta datos de instalaciones, porcentajes de marcos de ventanas, y patrones de sombras.
– Introducción de datos el programa de certificación energética oficial (CE3, CE3X, Lider y Calener), calificación, análisis de resultados, propuesta de medidas de mejora, medición y cálculo de costes de las medidas de mejora, análisis económico de recuperación de la inversión y emisión del informe.
– Redacción documentación anexa: análisis económico y explicación de la viabilidad técnica y económica de las actuaciones planteadas, información sobre subvenciones, plano de vivienda y carpintería con datos utilizados en la certificación, toma de fotografías y documentación del cliente que justifique los datos utilizados en la certificación.
– Registro del certificado energético y obtención de la etiqueta energética.
El Ministerio de Hacienda aprobó tarifas oficiales en 2013, para la emisión de certificados de eficiencia energética de inmuebles de la Administración pública. La tarifa mínima oficial para un inmueble de hasta 80 m²:
– Coste del certificado: 184,34 euros sin IVA.
– Trámite de registro, si se delega en el técnico: 20 euros sin IVA.
– Tasas de registro: no detalladas en el documento ya que las tasas y tipo de registro, dependen de cada comunidad autónoma.
Certificado energético barato y que no se ajusta al contenido ¿quien controla?
El artículo 9 del RD 235/2013 especifica que en cada Comunidad Autónoma, existirá un órgano de control de edificios que establecerá y aplicará un sistema de control independiente de los certificados energéticos. Dicho control se realizará de forma aleatoria y al azar en una proporción significativa sobre los certificados emitidos anualmente. Existen infracciones tipificadas y sus correspondientes sanciones.
En dicho control, se contemplan las siguientes actuaciones:
– Comprobación de la validez de los datos utilizados para expedir el certificado y los resultados obtenidos.
– Comprobación completa de la validez de los datos utilizados para expedir el certificado, comprobación completa de los resultados obtenidos incluso de las recomendaciones formuladas y finalmente, comprobación in situ mediante visita al inmueble de la correspondencia entre la realidad del inmueble y el contenido del certificado emitido.
El órgano competente puede delegar las tareas de control en agentes independientes autorizados que serán organismos a entidades de control que cumplan con el RD 410/2010, de 31 de Marzo.
Ya se han llevado a cabo inspecciones y se han impuesto multas
El órgano de control determinará las inspecciones que sean necesarias, y de hecho, ya se han realizado y han sido noticia: 4.000 euros de multa por falsear los datos de un certificado energético. En este caso no existía correspondencia entre los datos utilizados en la certificación, y la realidad del inmueble, asignándole una calificación A, cuando le correspondía una C.
Por otro lado, también se ha denunciado a empresas de certificación energética por infracciones en materia de certificación energética de edificios: el COGITI lo hizo en Octubre del 2013 a empresas que ofrecían el certificado energético sin visita al inmueble anunciándose en medios de comunicación escrita. Según la denuncia presentada, con estas prácticas, se se hace un flaco favor a la sociedad ya que devalúa el trabajo profesional y el rigor técnico, por un lado, y se engaña a propietarios de inmuebles, por otro, ya que el objetivo del certificado energético no es el de cumplir con un trámite, sino el de conseguir un beneficio para el ciudadano.
El certificado energético persigue el ahorro energético y por tanto una reducción de la factura de la energía, la garantía de un confort en viviendas y locales, y un medioambiente sano y perdurable en el tiempo libre de emisiones de CO2. Además la calificación energética sirve para negociar el valor de venta y alquiler de inmuebles.
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Este artículo debería salir en todos los medios de difusión con alcance nacional. Dice grandes verdades que el público no quiere saber.
¿Y para cuando se va a empezar a penalizar el intrusismo profesional?, que por desgracia en este campo existe.
Pero el análisis económico por ley no es obligatorio. Nosotros sólo lo hacemos sí el cliente nos lo solicita porque eso ya requiere mucho más tiempo de elaboración.
Hola Adrián,
Entiendo lo que dices, pero que no sea obligatorio no quiere decir que no sea exigible para que el certificado cumpla con un mínimo de calidad, que es lo de lo que se habla en este post.
Las propuestas de mejora no tienen ningún valor para el usuario si no vienen acompañadas al menos de un breve estudio del gasto y el ahorro supone cada una de ellas con sus correspondientes plazos de amortización.
CE3X nos permite lanzar un montón de propuestas a ciegas. Lo sencillo sería proponer cualquier combinación que garantice al menos la mejora en una letra. Lo profesional es estudiar las todas posibilidades técnicamente viables y seleccionar sólo las combinaciones más eficaces y más rápidamente amortizables. Y la única forma de hacerlo es con un análisis económico.
Para mí un certificado sin el contenido que detalla Paula es un papel inútil. Claro que lleva más tiempo redactarlo. Por eso no podemos aceptar honorarios que no cubran esas horas de trabajo.
Un saludo!
En el IDAE lo dejan bien claro en su apartado de preguntas y respuestas.
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MINISTERIO
DE INDUSTRIA,
ENERGÍA Y TURISMO
Aunque se podrá incluir, no es obligatorio hacerlo. Únicamente, y de acuerdo con
el artículo 6 del Real Decreto 235/2013, el certificado de eficiencia energética
deberá indicar dónde obtener información más detallada sobre la relación coste
–
eficacia
de las recomendaciones formuladas en el certificado
.
¿Para cuándo más organos de control y vigilancia? Parace ser que solo se están llevando a cabo éstas tareas en la Comunidad de Madrid, y en el resto de comunidades??
Basta con echar un vistazo a las miles de web de anuncios de venta-alquilar de inmuebles para comprobar cómo muchos se anuncian sin el certificado energético y en otros casos éste es falso, al decir que tienen una A ó B y despues en el registro de certificados no aparece…..
Claro, sencillo y concreto.
Enhorabuena
Para empezar, no esta mal el certificado energetico… pero creo que debería reforzarse con controles de
amianto, plomo, estado parasitario, el estado de la instalacción electrica o del gas, como se hace en otros paises europeos.
El mal estado de una vivienda repercute directamente en nuestra salud. Y muchas veces no es visible. O simplemente nos lo “esconden”.
Cuantos accidentes mortales debido a una mala instalaccion de gas o de electricidad se hubiesen evitado si hubiese controles antes de alquilar o vender una propiedad?